Eximiciones y suspensiones de pago
La Municipalidad de Viedma tiene un sistema de eximiciones y suspensiones de pago para aquellos vecinos que se verifique su imposibilidad momentánea de abonar la Tasa de limpieza y conservación de la vía pública.
Estas exenciones se encuadran en lo establecido por la Ordenanza 5585, y en todos los casos se trata de personas con dificultades económicas certificadas mediante encuestas sociales.
La diferencia entre las eximiciones y las suspensiones radica en que las primeras implican que el vecino deja, por un período determinado, de tener obligaciones con la Municipalidad. En cambio, en el caso de las suspensiones, la deuda se mantiene pero por un lapso establecido la comuna no exige ese pago. Cumplido el mismo, el contribuyente debe abonar la deuda.
La ordenanza establece que podrán ser eximidos “Los jubilados y pensionados Nacionales, Provinciales y/o Municipales; las madres solas; los discapacitados, sus tutores y/o curadores designados legalmente o su familiar directo que conviva con él que sea titular de un único inmueble, lo ocupe en forma real y permanente y que su ingreso, sumado al de su grupo familiar conviviente no supere la suma de pesos cuatrocientos”.
En cuanto al procedimiento, la normativa estipula que “en todos los casos, la exención se otorgará por Decreto Municipal y podrá ser prorrogada anualmente previa solicitud del beneficiario e informe socio-ambiental de la autoridad competente que certifique que la situación económica social del mismo no se ha modificado”.
Respecto a las sanciones, se establece que “si durante el lapso de la exención el beneficiario cambiara su situación económica y no diera aviso al Municipio, o si se comprobare que ha falseado su declaración jurada, deberá abonar el total del importe por el que fue eximido, con más una multa equivalente al 100% de dicha suma”.
Distinto es el régimen que se establece para las suspensiones de las obligaciones de pago. En este caso, la norma dice que podrá acceder a este beneficio quien “acredite que por su condición económica carenciada y la del grupo familiar conviviente no pueda hacer frente al pago de estas obligaciones, siempre que de acuerdo a la encuesta social que se realice y demás pruebas que se aporten surja la posibilidad de encuadrarlo en el presente sistema de excepción temporal de pago”. También en este caso el trámite implica un decreto del intendente, previo informe de las áreas de Sociales y Hacienda.
Una diferencia importante con respecto a las eximiciones es que “las deudas a las que se le suspenda la obligatoriedad de su cumplimiento tendrán un interés del seis por mil mensual (6%0) por todo el tiempo que permanezca en el sistema”.
A finales del año pasado 283 vecinos de nuestra ciudad se encontraban eximidos del pago de sus obligaciones fiscales para con la Municipalidad de Viedma. Además, otro centenar de contribuyentes tiene suspendido el pago de tasas.
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